Áreas de actuación
Derecho de familia
Los asuntos de familia afectan a cuestiones personales y económicas de especial importancia, como la reorganización de las relaciones familiares tras una ruptura, el cuidado de los hijos, las pensiones de alimentos o la distribución del patrimonio común. Cada situación requiere analizar sus circunstancias concretas, valorar las alternativas disponibles y prestar especial atención al interés superior de los menores. Presto asesoramiento jurídico y asumo la defensa letrada en asuntos de familia, tanto en procedimientos de mutuo acuerdo como en procedimientos contenciosos.

Separación y divorcio
- Separación y divorcio de mutuo acuerdo.
- Separación y divorcio contenciosos.
- Negociación y redacción de convenios reguladores.
- Medidas personales y económicas derivadas de la ruptura.
- Atribución del uso de la vivienda familiar.
Medidas relativas a los hijos
- Medidas relativas a hijos de parejas no casadas.
- Guarda y custodia, incluida la custodia compartida cuando resulte procedente.
- Régimen de visitas, estancias y comunicaciones.
Filiación y reconocimiento de paternidad
Asesoramiento y defensa en procedimientos de filiación, paternidad y maternidad, incluido el reconocimiento de paternidad cuando corresponda.
Patria potestad y protección de menores
Asesoramiento y defensa en procedimientos relacionados con el ejercicio de la patria potestad y la adopción de medidas judiciales de protección de los menores.
- Desacuerdos entre progenitores sobre decisiones relativas a educación, salud, lugar de residencia u otras cuestiones relevantes.
- Solicitud de atribución judicial de la facultad de decidir cuando los progenitores no alcanzan un acuerdo.
- Medidas destinadas a evitar perjuicios o situaciones de riesgo para los menores.
- Medidas para prevenir la sustracción de menores.
- Otras medidas de protección previstas en el artículo 158 del Código Civil.
Medidas civiles en situaciones de violencia
En situaciones de violencia de género o violencia doméstica pueden ser necesarias medidas civiles relativas a los hijos, la vivienda familiar, los alimentos o la protección de los menores. En cada caso, valoro y solicito las medidas civiles que correspondan para la protección de los hijos y la organización de las relaciones familiares.
Pensiones y obligaciones familiares
- Pensión de alimentos.
- Pensión compensatoria.
- Gastos ordinarios y extraordinarios de los hijos.
- Reclamación de alimentos entre parientes.
Modificación de medidas
Asesoramiento y defensa en procedimientos dirigidos a modificar las medidas establecidas cuando se produce un cambio relevante en las circunstancias.
- Modificación de la guarda y custodia.
- Modificación del régimen de visitas, estancias y comunicaciones.
- Revisión de la pensión de alimentos.
- Modificación de otras medidas personales o económicas.
Ejecución de medidas y resoluciones judiciales
Intervención ante el incumplimiento de las medidas establecidas en una resolución judicial o en un convenio aprobado judicialmente.
- Reclamación de pensiones impagadas.
- Reclamación de gastos extraordinarios.
- Incumplimiento del régimen de visitas, estancias y comunicaciones.
- Ejecución de otras medidas personales o económicas.
Régimen económico matrimonial
Asesoramiento y defensa en cuestiones patrimoniales derivadas de la ruptura matrimonial.
- Liquidación de la sociedad de gananciales.
- Formación del inventario de bienes y deudas.
- Valoración y distribución del patrimonio común, con intervención de profesionales especializados cuando resulte necesaria.
- Controversias sobre bienes, cargas y obligaciones matrimoniales.
Negociación y defensa judicial
Cuando la naturaleza del asunto y la normativa aplicable lo permiten, valoro la negociación, la mediación, la conciliación u otros medios adecuados de solución de controversias. En los asuntos en los que la ley exige una actividad negociadora previa a la presentación de la demanda, determino la vía adecuada para cumplir este requisito.
Si se alcanza un acuerdo, preparo la documentación necesaria para su formalización y aprobación cuando corresponda. Si no se alcanza, o cuando resulta necesario acudir directamente a los tribunales, asumo personalmente la defensa letrada.
